18 de Junio de 2014 ![]() La Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) aclara que Egeda Colombia no exige autorización por la comunicación al público de eventos deportivos
La Dirección Nacional de Derecho de Autor, y ante algunas quejas de usuarios por la problemática surgida en el país en relación los partidos de fútbol, ha aclarado mediante una noticia publicada en su página web el 10 de junio de 2014, que EGEDA Colombia nunca ha exigido autorización o remuneración por los mismos, ya que su ámbito de actuación se restringe exclusivamente a las obras audiovisuales. El texto publicado en la web de la Dirección Nacional de Derecho de Autor es el siguiente: Bogotá, Junio 10 de 2014. Debido a las inquietudes surgidas por los propietarios de establecimientos de comercio en relación a si deben contar o no con autorización para comunicar al público obras audiovisuales, la Dirección Nacional de Derecho de Autor se permite informar, que: 1. EGEDA es una Sociedad de Gestión Colectiva de carácter privado que administra los derechos de comunicación pública de los productores de obras audiovisuales, tales como novelas, películas, series, etc., la cual cuenta con personería jurídica y autorización de funcionamiento conferidas por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, mediante las Resoluciones No. 232 del 28 de noviembre de 2005 y 208 del 16 de noviembre de 2006, respectivamente. Puede consultar la noticia en la página web de la DNDA, en la dirección: http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/-/la-comunicacion-publica-de-obras-audiovisuales-en-establecimientos-de-comercio |


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