TEXTO

TEXTO

Texto

Texto


Descargar

Cerrar
www.egeda.es utiliza cookies de terceros para mejorar la experiencia de navegación del usuario y gestionar información analítica sobre los distintos espacios que la componen. Continuar con la navegación indica que está de acuerdo con nuestra política de cookies.

Aceptar

Licencias

Si eres un operador de televisión por suscripción, establecimiento hotelero, clínica, o algún establecimiento abierto al público donde haya aparatos de televisión instalados (restaurante, bar, gimnasio, etc.), debes obtener una de de las licencias de EGEDA, para comunicar públicamente obras audiovisuales.


¿Qué derechos gestiona Egeda Colombia?

La ley de propiedad intelectual reconoce el derecho del productor audiovisual a autorizar y prohibir la comunicación pública de sus obras, y a recibir una remuneración por ello.

Es comunicación pública "todo acto mediante el cual una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas".

En la explotación habitual de las obras audiovisuales, las autorizaciones para la realización de los diferentes actos de comunicación pública las realiza directamente el productor audiovisual, como por ejemplo la proyección o exhibición pública de las obras en salas comerciales, o la emisión de las obras audiovisuales por televisión.

Sin embargo, determinados actos de comunicación pública por su carácter masivo y de difícil control individual, son gestionados y administrados de manera colectiva. Este es el caso, básicamente, de los actos de retransmisión y de comunicación pública en lugares abiertos, modalidades gestionadas por Egeda Colombia.

EGEDA Colombia, como entidad que representa los derechos de un gran número de los productores audiovisuales nacionales y extranjeros, tiene la obligación de hacer efectivos estos derechos a través de la concesión de autorizaciones para realizar estos actos de comunicación pública

Igualmente, está obligada a establecer tarifas por el uso de su repertorio y a celebrar acuerdos con asociaciones de usuarios que lo soliciten y sean representativas de un sector determinado.

Retransmisión

¿Qué es la retransmisión?

Es objeto de Egeda Colombia la gestión y protección de los derechos de propiedad intelectual que a los productores de obras y grabaciones audiovisuales corresponden como consecuencia de la retransmisión íntegra, inalterada y simultánea de obras y grabaciones audiovisuales emitidas o transmitidas por terceros emisores o transmisores, con posterior distribución a receptores individuales o colectivos bien mediante señal difundida de forma inalámbrica o bien cuando dicha señal es transmitida por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo, incluidas las redes telefónicas, o de comunicaciones, abiertas o cerradas, y ya sea por procedimientos analógicos o por cualquier otro procedimiento técnico.

Diferencia entre la retransmisión y la emisión originaria

El acto de retransmisión efectuado, por ejemplo por un cable operador local, es diferente al acto primario de emisión o transmisión efectuada por un emisor o transmisor originario. Se genera así en el caso de la retransmisión un nuevo y distinto uso de las obras audiovisuales contenidas en la señal retransmitida, lo que implica a su vez un nuevo ejercicio y goce de un derecho subjetivo y exclusivo por parte de los titulares de derecho representados por Egeda Colombia, distinto al derecho contenido en la primera transmisión.

Autorización para la retransmisión

Una vez que el emisor de una señal tiene la autorización de los titulares de las obras que inyecta en su sistema, no tiene que pedirlas nuevamente; ahora bien el receptor de dichas emisiones (por ejemplo, un cable operador) no puede distribuirlas por una red de cable sin tener la autorización de los titulares de las obras audiovisuales.

EGEDA gestiona los derechos de los productores audiovisuales (titulares de las obras) generados por el acto de retransmisión.

Existe la posibilidad de que un operador - independientemente de que difunda su señal por vía inalámbrica o por cable en un mismo paquete de oferta al público, de forma gratuita o mediante pago - incluya señales de producción propia, es decir aquellas en las que tiene la responsabilidad editorial, además de señales previamente difundidas por terceros. En este caso, su primera actividad es de emisión o transmisión (uso primario) y la segunda de retransmisión (uso secundario). Cuando un operador realice estas dos actividades, una parte de su actividad está cubierta con la autorización originaria de los titulares (la emisión) pero no la otra (retransmisión). Es en esta última actividad en la que actúa la autorización de EGEDA Colombia.

¿Quién debe obtener la licencia para retransmitir?

· Retransmisiones de obras y grabaciones audiovisuales contenidas en las diferentes señales emitidas por vía terrestre o por satélite a través de las televisiones locales que emiten, a su vez, por ondas.
· Retransmisiones a través de las redes de cable que distribuyen la señal y su contenido a los hogares, lugares abiertos al público, etcétera.

Tarifas por retransmisión

Egeda Colombia no efectúa diferencia alguna en base a que las señales sean retransmitidas voluntariamente o por fuerza de la ley nacional que someta al distribuidor a dicho acto, bajo las normativas conocidas como “must carry”.

Las tarifas de Egeda tampoco efectúan distinción alguna en base al número de señales retransmitidas.

Retransmisión por cable

Las tarifas de Egeda Colombia aplicables a la retransmisión de las obras audiovisuales son fijadas en relación a la cantidad total de suscriptores o abonados de cada  operador que ofrezca y retransmita, entre otras, señales abiertas.

¿Qué es la comunicación en lugares abiertos al público?

La emisión o transmisión de la obra radiodifundida en lugares accesibles al público, como por ejemplo en hoteles, clínica, establecimientos de salud, bares, restaurantes, gimnasios, cajas de compensación familiar,  casinos o zonas comunes de hoteles, clínicas y hospitales.

Es pertinente aclarar que, tal  como lo ha señalado la Dirección Nacional de Derecho de Autor en diversas oportunidades, “ La obligación para la constitución del Mecanismo de Ventanilla Única solo aplica para Sociedades de Gestión Colectiva que gestionen derechos sobre obras y prestaciones musicales. Respecto de las demás Sociedades de Gestión Colectiva, de las otras formas asociativas y de los titulares individuales, su vinculación al mecanismo de Ventanilla Única es meramente facultativo”.  Por lo tanto, Egeda Colombia, se encuentra legalmente habilitada para hacer el cobro en forma directa (Ver Circular 020 de 2013 y Concepto 32555 de 2014”

Ventajas de obtener la licencia de Egeda Colombia

En la práctica no es posible que se obtenga por parte del usuario del repertorio audiovisual (operador de cable, establecimiento hotelero o similar, establecimiento abierto al público) la licencia individual de los titulares de las decenas de miles de programas que se retransmiten diariamente en la parrilla de un operador. Para ello debería identificar y solicitar permiso con antelación a los productores de todas y cada una de las obras incluidas en los canales y pagar lo que cada uno en su caso solicitara para poder realizar la comunicación pública de las mismas (retransmisión o comunicación en lugares abiertos al público) de forma legal.

La existencia de EGEDA Colombia facilita enormemente una labor que de otra forma sería imposible realizar por el coste y dificultad, y que podría provocar la paralización de las actividades de retransmisión a solicitud de cualquier productor que se sintiera perjudicado.

Las tarifas de EGEDA no restringen ni penalizan por el número de señales retransmitidos, por lo que una vez firmada la licencia de autorización de EGEDA Colombia, está autorizado para retransmitir un número ilimitado de señales y obras audiovisuales.

¿Qué repertorio cubre la licencia de Egeda Colombia?

A través de la licencia de autorización de Egeda Colombia, está cubierto un altísimo porcentaje del repertorio mundial de obras audiovisuales, ya que nuestra entidad, a través de la firma de acuerdos internacionales, representa en Colombia no sólo el repertorio nacional, sino también el iberoamericano, europeo y estadounidense.

El repertorio representado por Egeda Colombia se encuentra debidamente depositado en la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, entidad adscrita al Ministerio del Interior.

¿Cómo obtener la licencia de Egeda Colombia?

Obtener la licencia de EGEDA Colombia es muy sencillo. Envíanos este formulario, y nos pondremos en contacto para hacerle llegar la información necesaria.

¿Cuáles son las tarifas históricas de Egeda Colombia?